Estar en DICOM es un problema que comúnmente enfrentan las personas o pymes al momento de optar a un crédito, arrendar un inmueble o incluso en gestiones tan elementales como abrir una cuenta corriente.
En este artículo exponemos información relevante en caso de que encontrarte directa o indirectamente en uno de estos registros.
1.- ¿Qué informe debo solicitar para saber si estoy en DICOM?
El informe oficial es el boletín comercial emitido por la Cámara de Comercio de Santiago, la ventaja de este tipo de informe es que su costo es menor ($5.000 aprox.), pero en ocasiones la o las deudas no se registran en este y se encuentran o persiste su publicación en otros boletines de carácter privado tales como:
- EQUIFAX
- MAAT
- DESTÁCAME
- SINACOFI
*También existe un informe de deudas emitido por la Comisión de Mercado Financiero (CMF) que refleja únicamente las deudas que se contraen con instituciones financieras o Bancos. Su emisión es gratuita y puede obtenerse con clave única en www.cmfchile.cl
2.- ¿Qué tipo de deudas ingresan a DICOM?
Según la ley 20.575, las deudas que no ingresan a Dicom son:
1.- Deudas con personas naturales. Es decir, deudas por no pago de un arrendamiento o préstamos entre personas.
Es necesario tener en cuenta que las deudas por cheques protestados si ingresan, aunque el beneficiario sea persona natural ya que la institución financiera o banco será el titular de la publicación.
En el caso de no pago de un arriendo podría estipularse en contrato una cláusula especialmente redactada para permitir esta publicación y salvaguardar los perjuicios que ocasiones el no pago de rentas.
2.- Las cuentas por servicios básicos como luz, agua o gas tampoco entran a DICOM.
3.- Las deudas de autopistas o TAG tampoco ingresan al registro.
Las deudas que sí entran a DICOM son las adquiridas por crédito aval del Estado, las deudas de subsidios, los créditos hipotecarios y cualquier otro otorgado por Banco e institución financiera que se refiere a Caja de Compensación, deudas tributarias, deudas de tarjetas de crédito, etc.
3.- ¿Qué sucede si no tengo deudas cómo persona natural, pero la sociedad de la que soy parte está en Dicom?
En este caso la deuda de la sociedad se registrará en informe comercial emitido a su nombre, pero además aparecerá como deuda indirecta en informe comercial del socio y en informe emitido por CMF.
La eliminación de la deuda principal adquirida por la sociedad permitirá la eliminación de los registros indirectos.
4.- ¿Cómo salir de Dicom sin prescripción?
Una manera común de salir de Dicom es por medio de la declaración por parte de un tribunal de que la acción del acreedor para exigir la deuda se encuentra prescrita.
En cualquier caso, vale la pena tener en cuenta las siguientes alternativas durante el proceso judicial o antes de involucrarse en uno.
- En caso de que se haya iniciado un procedimiento judicial una vez que se haya notificado la demanda es posible solicitar al Boletín Comercial la eliminación provisoria mientras o bloqueo temporal. En caso de ser concedido la deuda se bloquea del informe por un plazo de tres meses, renovable.
- Repactando o renegociando la deuda (artículo 1567 del Código Civil). En términos simples se firma un acuerdo con acreedor acordando una nueva forma de pago. Sin embargo, en la práctica ocurre que las personas terminan pagando mucho más de lo que originalmente debían y además pierden el transcurso del tiempo para alegar la prescripción por lo tanto se recomienda al menos consultar a un abogado antes de acceder.
- Me publicaron mientras estaba cesante. Según artículo 17 de la Ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada, no se podrá publicar o comunicar la información financiera de un deudor que haya caído en morosidad mientras esté cesante.
- Declaración de Quiebra Empresa o Persona Natural. Una vez declarada la quiebra es posible solicitar la eliminación de todos los registros comerciales respecto a las deudas que se incluyeron en la solicitud, salvo las que hubieren sido excluidas en el proceso. Esto incluye toda clase de boletín comercial e informe de CMF.
- Pagando la deuda. En este caso sólo es necesario el comprobante de los pagos para solicitar la eliminación.
5.- Situación especial de los cheques protestados publicados.
En este caso se presentan dos dificultades comunes al momento de solicitar la eliminación en el boletín.
a) La deuda del cheque está pagada, el solicitante tiene los comprobantes y copias de protestos. A diferencia de otro tipo de deudas, en este caso el boletín además exige una declaración jurada del beneficiario del cheque indicando que se pagó a su satisfacción. El problema es que la mayoría de las veces se pierde el contacto con este acreedor o simplemente no tiene la voluntad de realizar el trámite por lo que de igual forma se tiene que recurrir a la prescripción.
b) Se requiere demandar la prescripción del cheque. Incluso si no queda más opción será necesario notificar de la demanda no al banco, sino que al beneficiario del documento por lo que en ocasiones el trámite se dificulta o demora por esta causa.
6.- Obtener mi DICOM gratis (Ley 20.575)
La Ley de Dicom le otorga el derecho a las personas para solicitar gratuitamente cada 4 meses la información que DICOM tiene sobre ellos. Esta información se puede obtener gratuitamente en las oficinas de Equifax o a través de su sitio web.
Se deberá seleccionar la opción “obtener informe Ley 20.575”. En comparación con el informe platinum 360º, este informe sólo entrega información básica sobre las deudas.